El art. 31 paragrafo n. 3 del Texto único Inmigración, D. Lgs 286/1998, permite al Tribunal de Menores autorizar la entrada o residencia en Italia por un período de tiempo determinado del familiar del menor extranjero, por graves motivos relacionados con el desarrollo psicofísico del menor.
Más informaciónSe han introducido importantes modificaciones al Texto ùnico de Inmigraciòn como la conversiòn de algunos permisos de residencia como el permiso por asistencia menor, art. 31, permiso por calamidad natural entre otros.
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